Bases: Resolución de 6 de marzo de 2017 del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del Programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal.
http://www.boe.es/boe/dias/2017/04/08/pdfs/BOE-A-2017-3904.pdf

Actuaciones elegibles: aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética,  la sustitución de los actuales equipos de alumbrado por luminarias de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y por equipos electrónicos de regulación y control que permitan reducir el consumo de energía eléctrica en alumbrado en al menos un 30% y alcanzar una calificación energética de A o B..

BeneficiariosAyuntamientos, Diputaciones Provinciales o entidades locales equivalentes, Mancomunidades o Agrupaciones de municipios españoles y las entidades públicas concesionarias de la gestión de servicios públicos municipales españoles que no realicen una actividad económica por la que oferten bienes o servicios en un determinado mercado.

Modalidad y cuantía de la ayudapréstamo reembolsable de hasta el 100% de la inversión elegible del proyecto, a un tipo de interés del 0,0% y con un plazo máximo de vigencia de 10 años (incluyendo 12 meses de carencia), exento de comisiones de apertura, estudio y cancelación y de garantías. El préstamo máximo será  de 4.000.000 € y el mínimo de 300.000 €. La actuaciones de una cuantía inferior a 300.000 €, podrán presentarse de forma agrupada con otro u otros solicitantes.

Presupuesto: 28.791.000 € con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

Las ayudas podrán ser objeto de cofinanciación con fondos FEDER del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.

Plazos de presentación y vigencia del programa: las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a aquel en que concluya el plazo de 1 mes natural desde la fecha de publicación del extracto de las bases en el BOE, una vez publicada la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)  y la conclusión del mismo se producirá cuando transcurra 1 año natural desde la fecha de su publicación  en el BOE, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.

 

CARGA DE DATOS Y DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD DE AYUDA

Antes de entrar en la aplicación de carga de datos, por favor lea detenidamente la Resolución de 5 de abril de 2017, del IDAE (BOE de 8 de abril de 2017), por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, ya que una vez iniciada la reserva de solicitud de ayuda tendrá un plazo de 15 días naturales para cargar los datos y documentos, según lo establecido en la base Décima de la Resolución.

Todas las reservas y solicitudes de ayuda se realizarán en la Sede Electrónica del IDAE